lunes, 19 de junio de 2006

Resumen sobre licencias de software

Creo que mi artículo anterior ha quedado excesivamente amplio y a la vez escaso, ya que ni yo mismo me aclaro y echo bastante de menos algunas definiciones. Me han aclarado un poco vuestros comentarios y el interensantísimo artículo de Claudio Segovia titulado "Tipos de software y licencias". Por todo ello me he decidido a realizar un breve resumen / ampliación / auto-aclaración:
  1. Tipos de sofware

    • Software de dominio público: Software donado a la comunidad o con la propiedad intelectual vencida (70 años depués del fallecimiento del autor generalmente) y por lo tanto no dispone de copyright.
    • Freeware: Software gratuíto del que generalmente sólo se dispone del programa en sí.
    • Open software/Software libre: Software del que se garantiza la disponibilidad de los fuentes.
    • Shareware: Software que se puede usar gratuítamente durante un breve periodo de tiempo. Este software no debe estar restringido en funcionalidades ya que si no caería en la de
    • Software semi-libre/semi-free: El software semilibre es software que no es libre, pero viene con autorización para particulares de usar, copiar, distribuir y modificar (incluyendo la distribución de versiones modificadas) sin fines de lucro. PGP es un ejemplo de un programa semilibre.
    • Software propietario: Software que no es ni libre ni semi-libre. El uso, modificación y redistribución está prohibido y se requiere que se adquiera un permiso.
    • Sofware comercial: El software propietario que se desarrolla con el objeto de comercializarlo y hacer dinero con el uso de dicho software. Cuidado que aunque todos estamos pensando que software comercial siempre es propietario, también hay software comercial libre (o de fuente abierta).
    • Trial o demo jugable: Suele ser muy similar al Shareware. Sin embargo suele estar reducido en su funcionalidad, limitandose en caso de juegos a un capítulo.

  2. Tipos de licencias

    • Software/licencias de dominio público. Total libertad para realizar todo lo que se quiera con el software. En este software se disponen de los fuentes. Es equivalente al Freeware (software gratuíto) cuando en este último también se proporcionan de los fuentes. Carece de copyright al estar vencido o cedido a la comunidad.
    • Open Source / Software Libre /GNU GPL o simplemente GNU. Software del que siempre se dispone de los fuentes, pero u uso está restringido a que el software destino debe quedar como mínimo bajo este tipo de licencia. Por este motivo, a esta licencia se le suele llamar de tipo vírico ya que contagia este tipo de licencia al resto de software junto al que se usa (copyleft). Por tanto no es válido para crear software propietario.
    • LGPL. Es un tipo especial de licencia open source (menos restrictivo) que permite su utilización dentro de software propietario siempre y cuando este software se utilice como librerías adicionales al mismo. Por tanto se puede utilizar en software propietario si se "linkan" (enlazan) los paquetes LGPL por separado.
    • Licencias de tipo BSD. Son las licencias libres por autonomasia. Sólo se reservan los derechos de autor y la propiedad intelectual. Básicamente requiere que el autor sea mencionado correctamente. Entre ellas están a demás de la propia de la licencia BSD, las licencias de tipo Apache, de tipo Mozilla (MPL), y de tipo CDDL. Estas licencias si se pueden usar dentro de software propietario.
Por tanto si no tenemos intención de comercializar nuestro desarrollo o deseamos comercializarlo junto con los fuentes desarrollados, podemos elegir de partida software con cualquier tipo de licencia, y para nuestro producto final la más lógica sería la licencia GNU GPL con copyleft para que todos incluidos nosotros nos podamos aprovechar de los sucesisvos desarrollos que otros realicen. En caso contrario, si deseamos comercializar nuestro desarrollo sin publicar nuestro código, sólo podemos utilizar durante el desarrollo, software de dominio público, software con Licencias de tipo BSD y a lo sumo software con licencia LGPL.

Recuerda de nuevo, que tus comentarios serán bienvenidos.